Gabriell Duarte/ ASIES

 Las sanciones evidencian la necesidad de institucionalizar los partidos políticos

La disposición del Tribunal Supremo Electoral de suspender hasta por seis meses a 11 partidos políticos, por realizar campaña anticipada, es porque busca actuar con firmeza, conforme la Ley Electoral y de Partidos Políticos. Esa decisión responde a la desobediencia reiterada de esa ley, por parte de las organizaciones políticas, con la evidente propaganda electoral que la ciudadanía rechaza.

Realizar campaña anticipada debilita la institucionalidad de las organizaciones políticas y dificulta la transparencia en el manejo de los fondos, especialmente privados, que emplean los partidos políticos para financiar campañas, sobre todo cuando estas resultan tan prolongadas y onerosas, sin transparencia en sus fuentes de financiamiento.

Los partidos políticos tienen la obligación de respetar lo establecido en el Acuerdo 147-2014 que los suspende temporalmente, retirar, y remover su propaganda política electoral anticipada para superar dicha suspensión y evitar que sea definitiva en el futuro.

El país se merece partidos políticos institucionalizados

Esta sanción evidencia la necesidad de trabajar en la institucionalización de los partidos políticos, a fin de que cuenten con democracia interna, mayor organización territorial y sean estables en el largo plazo, para que puedan contribuir a un sistema de partidos políticos libre de volatilidad electoral, fragmentación partidaria y transfuguismo.

El hacer efectiva la prohibición de propaganda antes de la convocatoria a elecciones, de ninguna manera está vedando la vida política partidaria; por el contrario, es una oportunidad para que los partidos se enfoquen en tener una vida activa y realicen trabajo interno con sus bases, apegándose a lo que manda la ley.



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