Siglo21 Sección: Un punto de vista Página: 12

Reelección y antejuicio

La posibilidad de una reforma constitucional provoca la tentación de escudriñar el texto de la Carta Magna para determinar en qué temas debiera ser modificada. Fácilmente podemos llegar a una situación, en la cual se presente tal variedad de propuestas, que se puede desfigurar la Constitución e incluso caer en una reforma regresiva. Un destacado constitucionalista español, Pedro de Vega García, formuló un criterio fundamental para el momento de decidir qué se debe modificar: “La reforma es siempre políticamente conveniente cuando resulta jurídicamente necesaria”.

Un tema que desde las jornadas de protesta de 2015 cobró fuerza entre la ciudadanía fue la limitación de la reelección de los diputados y de los alcaldes, que es jurídicamente necesaria, por su estrecha relación con el funcionamiento del Estado de derecho. El caso de los diputados ya fue contemplado en el Acuerdo sobre Reformas Constitucionales y Régimen Electoral, de los Acuerdos de Paz. La exigencia de limitar la reelección de los alcaldes surge de los cada vez mayores abusos en los que incurre la mayoría de ellos, utilizando los recursos municipales para promover su imagen pública y formar una clientela electoral que les permite perpetuarse en el poder, con el inevitable corolario de la corrupción. Casos emblemáticos no faltan, en municipios de todo tipo y tamaño.

La limitación de la reelección se incluyó en propuestas de reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, lo que contrariaba las disposiciones constitucionales “absolutamente claras” sobre el particular. Más de algún diputado lo justificaba para atender el clamor popular. Era una postura irresponsable. En adelante, con ese pretexto, podíamos caer fácilmente en groseras manipulaciones de la Constitución, sometiéndola a güizachadas cada vez más descaradas.

La reelección de diputados fue vista hace 30 años como una forma de asegurar una carrera parlamentaria. Antes de 1985, al igual que los alcaldes, solamente podía postularse después de pasado un período. Se argumentaba en ambos casos que era el ciudadano a quien correspondía decidir en las urnas si les permitía mantenerse en el cargo. Pero en nuestro subdesarrollado sistema político, plagado de vicios, esto no funcionó, y en cada elección fuimos cayendo cada vez más bajo, en cuanto a la calidad de los electos, la mercantilización de la política y la extinción de la competencia democrática al interior de los partidos, para optar a las candidaturas.

Por ello debemos insistir en la necesidad de prohibir totalmente la reelección de diputados y alcaldes. El que quiera hacer carrera política y volver a postularse, que baje a la llanura a buscar que las bases partidarias lo elijan nuevamente. Alguien dirá que se coarta la posibilidad de la carrera parlamentaria, pero a la luz de los resultados que arroja la mayoría de diputados, eso es lo que menos importa. Igual podemos decir de los alcaldes.

A la prohibición de la reelección, debe agregarse la supresión del privilegio del antejuicio, que se convirtió en la gran cobija de la impunidad, y que muchos países han suprimido. Los excesos que eventualmente puedan darse por acciones judiciales que se entablen contra diputados y alcaldes, serán minimizados en la medida que tengamos un buen sistema de justicia. Pero son preferibles esos excesos, a que los funcionarios dispongan de una herramienta que los alienta a incurrir en abusos de poder y actos de corrupción. Por el contrario, se verán obligados a ejercer los cargos con irrestricto respeto del marco legal, transparencia y probidad.

A la prohibición de la reelección, debe agregarse la supresión del privilegio de antejuicio, que es la cobija de la impunidad.

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