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Asíes: candidatos sin antejuicio no pueden participar

La Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asíes) organizó ayer un encuentro para debatir acerca de la aplicación del Artículo 113 de la Constitución en el proceso electoral. El mismo señala que para el otorgamiento de cargos públicos no se atenderá más que a razones fundadas en méritos de capacidad, idoneidad y honradez.

FÉLIX ACAJABÓN > EL PERIÓDICOEl foro fue organizado para analizar el Artículo 113 de la Constitución.

Según la organización, a falta de 25 días para la primera vuelta de las elecciones, existen varios candidatos que podrían estar en riesgo de no cumplir con el artículo.

 

Pablo Hurtado, secretario ejecutivo de Asíes, explicó que “la simple interposición de una denuncia o un antejuicio no resta los méritos de idoneidad y honradez, pero si se declara con lugar el antejuicio, sí pueden existir dudas sobre la idoneidad de ese candidato”.

 

“Esta situación es igual a la que ha sucedido en las comisiones de postulación, y ahora le corresponde definir al Tribunal Supremo Electoral (TSE) si eso es suficiente para revocar una inscripción. Cualquier candidato que esté inscrito y sobre el que existan dudas razonadas, a nuestro criterio el TSE está en facultad hacer esto”, añadió.

 

Diana Fernández, abogada de la Universidad Rafael Landívar, también añadió que esto debería aplicarse de igual forma a las personas a quienes la Contraloría General de Cuentas (CGC) negó la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos.

 

Según el magistrado suplente del TSE, Estuardo Gamalero, actualmente en la institución se analizan unos 30 casos de posibles revocatorias de inscripción.

ASIES

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