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¿Oportunidad o desacierto?

Salarios mínimos diferenciados.

LUIS F. LINARES LÓPEZ / ASIES

 

Los estudios y propuestas de ASIES en materia laboral tienen como hilo conductor el concepto de trabajo decente, que constituye un objetivo deseable para toda sociedad. Trabajo decente significa un trabajo en condiciones de dignidad, libertad, igualdad y seguridad.

Dentro del proyecto “Diálogo social para el trabajo decente”, que ejecuta ASIES con el apoyo del programa “Actores no estatales” de la Unión Europea, elaboramos el estudio “Salarios mínimos diferenciados ¿oportunidad o desacierto?”, que puede descargarse en http://www.asies.org.gt/salarios-minimos-diferenciados-oportunidad-o-desacierto/, en donde se analizan los salarios mínimos diferenciados para la manufactura ligera, acordados para cuatro municipios a finales de 2014, y actualmente en suspenso por decisión de la Corte de Constitucionalidad; con el propósito de determinar si cumplen con las condiciones que se requieren para que un trabajo sea considerado decente.

El propósito de dichos salarios es crear puestos de trabajo formal mediante la atracción de inversiones que tendrán como estímulo la exoneración de impuestos y el pago salarios mínimos muy inferiores a los que rigen, de acuerdo a la normativa vigente, para el resto del país. Esos trabajos, al cotizar a la seguridad social y pagar el salario mínimo que se establece, así como las prestaciones fijadas en el Código de Trabajo, serán indudablemente formales, pero no necesariamente decentes, pues para ello se requiere atender las cuatro dimensiones del concepto, que son inseparables: trabajo dignamente remunerado; ejercicio de los derechos fundamentales; protección social y diálogo social (que trabajadores y empleadores, en pie de igualdad, negocien las condiciones de trabajo).

El primer problema con dichos salarios es que no garantizan una remuneración digna, pues son insuficientes para satisfacer las mínimas necesidades alimentarias de una familia. Solamente permitirán cubrir el 49 por ciento del costo de la Canasta Básica de Alimentos calculada por el INE. Adicionalmente se vulneran principios del Derecho del trabajo; plantean un falso dilema entre el derecho al trabajo y los derechos en el trabajo (que son dos caras de una misma moneda); y únicamente consideran los ingresos de un trabajador agrícola no calificado, pero no las posibilidades reales de las empresas. Por ello, como conclusión general, constituyen un desacierto desde el punto de vista de crear trabajo decente, y la necesidad de superar la pobreza y reducir la desigualdad.

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